Con este artículo quiero animarte a quitarte la pereza de encima para que redactes tu documento de voluntades anticipadas también conocido como testamento vital.
Voy a hacerte un resumen sobre lo importante qué es, en qué consiste y cómo validarlo:
Según la legislación española, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica tenemos el derecho a tomar decisiones para el día en que no las podamos expresarlas y tenemos que reflejarlas en un documento.
Este documento debe firmarse ante notario o ante tres testigos, dos de ellos no han de ser parientes de hasta segundo grado o tener una relación patrimonial (esta última opción es gratuita y tan legal como la anterior). En él podemos asignar un representante (incluso un suplente) que será el interlocutor válido (por delante de familiares u otras personas vinculadas) con los profesionales sanitarios.
Cualquier decisión que no esté escrita en el papel la tomará el representante.
Puedes dejar por escrito instrucciones, decidir qué tratamientos quieres que te faciliten, si querrás aceptar una sonda nasogástrica, determinadas operaciones, medicamentos, conexión a máquinas, cómo queremos que se nos trate si hay sufrimiento psicológico o dolor, o si quieres que te alarguen la vida de manera artificial.
También si quieres limitar el acceso a tu historia clínica o por ejemplo que te pongan un cinturón de contención para que evitar caerte de una cama.
Se puede dejar por escrito si se quiere donar los órganos y cuáles o si se desea donar el cuerpo a la ciencia (en ese caso es mejor registrarse en paralelo).
¡Ah! No dones el cuerpo a la ciencia por el hecho de no tener dinero, existen los entierros de beneficiencia con pequeña ceremonia incluida, dónalo por convicción.
También se puede especificar si deseas un velatorio, flores, ceremonia civil o eclesiástica, pedir que todo se haga en la intimidad o no y si deseas que te entierren o te incineren y dónde.
Se me ocurre que podrías ser creativo y pedir la música que te gustaría en tu funeral, que divulguen tu muerte a través de una esquela preparada o un vídeo, pedir que activen una página web o un mensaje por correo electrónico o explicar a tus seres queridos que lo que en realidad quieres es que monten una fiesta en nuestro recuerdo.
Las instrucciones no han de ser contrarias a derecho o a la buena praxis.
Las copias del documento tienen que ser entregadas al médico de cabecera y a los hospitales de referencia.
Es conveniente darle la máxima difusión, comentarlo con familiares y conocidos para que llegado el día estén preparados.
Registrarlo es recomendable pero no obligatorio.
Actualmente existe el Registro único como en el caso de las últimas voluntades y Registros autonómicos de instrucciones previas en cada Comunidad Autónoma.
El documento se puede corregir, modificar, ampliar y revocar en cualquier momento.
Algunos modelos que te pueden servir de referencia son los de la Generalitat de Catalunya, el Extremadura y los de la Asociación Federal del derecho a morir dignamente.
Si eres previsor te asegurarás de que se respete al máximo tu manera de pensar cómo te gustaría que fuera el final de tu vida.
Espero haberte animado a hacerlo.
¿Lo tienes hecho ya?
¿Qué pondrías en tu testamento vital?
Fotografía: pexels.com
Mireia, estás diciendo que no tengo que ir a un notario para que mis voluntades sean válidas, si cumplo las condiciones de los 3 testigos que dices??
“3 testigos, 2 de ellos no han de ser parientes de hasta segundo grado o tener una relación patrimonial” — hay que llevarlo a algún registro o quien se queda el documento?
Otra duda. El tercer testigo puede ser de primer grado o segundo?
Hola Sonia,
Sí, sólo con 3 testigos un testamento vital o documento de voluntades anticipadas es válido (el testamento o documento de últimas voluntades sí que tiene que llevarse a notario).
La tercera persona puede ser de primer o segundo grado. Las otras dos no, ni tener relación patrimonial contigo. Búscate amig@s, será sólo un momento. Ánimo!
Puedes llevarlo al Registro de voluntades anticipadas pero es opcional. Deberías llevarlo a tu médico de cabecera y hospitales de referencia pero como en esta vida no sabes qué va a pasar lo mejor es llevarlo encima y que mucha gente sepa que ese documento existe (pasa copias a tus allegados).
Si tienes más dudas pregúntame…
Curioso e interesante tu blog. Entraré de vez en cuando y lo usaré para informarme. Enhorabuena.
Hola María,
Gracias por escribir. Espero que sigas encontrando artículos interesantes para ti!
ya estoy inscripta en el incucay dono todo los organos a mis pocas pertenencias ya las reparti.tengo para dar a mis nietos chucherias, , estoy pensando q hacer con datos genealogicos por q mis hijos
lo van a tirar. no quiero ser incenerada por si alguna vez necesitan adn. o algun descendiente loco como yo y guarde mis huesos.quiero q me maquillen y q todos digan ,que linda que esta!!si estoy sucia q me bañen! ,no havia pensado en la musica,el face.conocen mi contraseña q lo borren, o no asi sigo buscando antepasados. yo no voy a estar muerta para siempre es mas yo no voy a morir.
Hola Gladys,
Me alegro que lo tengas tan claro, me ha gustado lo de los huesos para guardar adn, nunca se sabe…
Decía Eduard Punset hace tiempo que no está demostrado científicamente que él se vaya a morir, pues a ver si es está en lo cierto contigo… y conmigo… 😉
Saludos!
Hola Mireia, a qué te refieres cuando dices de “llevar el documento siempre conmigo”.
Hola Julio,
He eliminado esa parte del texto, sería ideal que nuestro documento de voluntades anticipadas estuviera en un lugar accesible para que las personas que conocen de su existencia pudieran acceder a él si es necesario, pero llevarlo siempre encima impreso es difícil, quizás puedas dejarlo colgado en la nube en una carpeta de documentos importantes.
Saludos
Muchas gracias. Eso había pensado yo tb.
Un saludo.